sábado, 27 de octubre de 2007

10 días para descargarse!!

a partir del jueves pasado, las inmobiliarias cuentan con diez días para hacer su defensa y despues la defensoria del consumidor se expedirá acerca de cada caso. un pasito más adelante!

acá abajo las notas de los diarios.

nación
clarín
página 12

2 comentarios:

Satisface mi alma dijo...

hola que tal! soy estudiante de periodismo y voy a hacer una nota sobre este tema , necesito entrevistar a alguien que sepa bien como vienen la mano y supongo que aca me pueden ayudar...ando con el tiempo bastante ajustado de entrega ais que si pueden darme una mano estaria muy agradecido. les dejo mi mail juansese@gmail.com para q se contacten conmigo lo antes posible. desde ya muchas gracias. no creo que les vaya a quitar mas que un ratito de su tiempo
slaudos

Asoc. Civil PRINCIPIOS IDENTIDAD CULTURA EDUCACIÓN dijo...

Asoc. Civil PRINCIPIOS IDENTIDAD CULTURA EDUCACIÓN, manifiesta al respecto:

Con relación a la desición de Defensa del Consumidor de sancionar a las 14 inmobiliarias tenemos dos opiniones, la primera es, que celebramos que hayan tomado cartas en el asunto con celeridad, en respuesta a la Resolución de la Defensoría del Pueblo, cosa que no es habitual en las diferentes áreas gubernamentales. Y la otra, es un cuestionamiento cualitativa. Porque observamos que no se ha profundizado sobre el tema, y no alcanza con ver los clasificados y colocarlo en una misma bolsa.

No se analizó la esencia del reclamo, desvirtuándolo por completo. Nuestro reclamo, interpretado cabalmente por los medios de comunicación, se refirió puntualmente a la oposición a ese “marketing salvaje”, que para usufructo de un grupo económico, avasalla leyes e incorpora identidades foráneas, que en el mediano plazo se instala en las nuevas generaciones, destruyendo nuestro patrimonio tangible e intangible, para transformar a la Ciudad en una marca.

No se tuvo en cuenta que la sociedad es dinámica, que en la heterogeneidad de los barrios, cada grupo social le va dando un perfil, una característica y una idiosincrasia particular, de allí que existan nombres, como Abasto, Once, Barrio Norte etc., que forman parte de la historia e identidad de los diferentes sectores que lo conforman y que no son barrios; son los diferentes sectores o vecindarios que surgen del uso y las costumbre de una comunidad con la cual se identifica un barrio, y que sumado, forman la historia y la identidad de nuestra Ciudad de Buenos Aires. Y que no responden a intereses personales o comerciales de tal o cual grupo.

Tampoco se hace referencia a la aplicación del art. 20 de la Ley 22.802 (Lealtad Comercial) que dice:

“ En los casos de violación de la prohibición contenida en el artículo 9º de la presente ley, las autoridades de aplicación podrán ordenar, si la gravedad del caso lo hiciera conveniente, la publicación completa o resumida del pronunciamiento sancionatorio, por cuenta del infractor utilizándose el mismo medio por el que se hubiera cometido la infracción, o el que disponga la autoridad de aplicación”.

Teniendo en cuenta que se nuestro reclamo fue por violar, entre otras leyes, el art. 9 de dicha ley.

Cordialmente
Mª MARGARITA VELASQUEZ
Presidente